La distanasia consiste en el empleo de todos los medios posibles, sean proporcionados o no, para retrasar el advenimiento de la muerte, a pesar de que no haya esperanza alguna de curación. También es conocida como encarnizamiento o ensañamiento terapéutico, pues no considera los sufrimientos añadidos al moribundo. Es, por tanto, todo lo contrario a la eutanasia. Se han dado casos de distanasia en especial a personas de gran relevancia política. Se conoce como antidistanasia a la actitud de rechazo a la distanasia, rechazo compartido por la mayoría de la sociedad, y que en unos casos se convierte en un apoyo a la eutanasia y en otros en defensa de la ortotanasia. Tanto los Estados como los diversos colegios de médicos han desarrollado leyes o códigos que regulan cuándo una acción médica puede ser considerada como «ensañamiento». Los factores a tomar en cuenta son los siguientes:
En general, se puede afirmar que es moral continuar los tratamientos normales para aliviar el dolor pero se puede renunciar a tratamientos que procurarían solo una prolongación precaria y penosa de la vida. Conocimientos adicionales recomendados
CriteriosExisten algunos criterios para que el ensañamiento se verifique:
Sin embargo, no se han de abandonar los tratamientos ordinarios para reducir el malestar: 2. En caso de enfermedad incurable y terminal, el médico debe limitarse a aliviar los dolores físicos y morales del paciente, manteniendo en todo lo posible la calidad de una vida que se agota y evitando emprender o continuar acciones terapéuticas sin esperanza, inútiles y obstinadas. Asistirá al enfermo hasta el final, con el respeto que merece la dignidad del hombre.
3. La decisión de poner término a la supervivencia artificial en caso de muerte cerebral sólo se tomará en función de los más rigurosos criterios científicos y las garantías exigidas por la Ley. Antes de suspender los cuidados, dos médicos cualificados e independientes del equipo encargado de obtener los órganos para trasplante, suscribirán un documento que autentifique la situación
Código de deontología del colegio de médicos de España, núm. 28. Magisterio de la Iglesia católicaJuan Pablo II trató el tema en su encíclica Evangelium Vitae: Se da ciertamente la obligación moral de curarse y de hacerse curar, pero tal obligación debe confrontarse con las situaciones concretas; es necesario valorar si los medios terapéuticos a disposición son objetivamente proporcionados a las prospectivas de mejora. La renuncia a medios extraordinarios o desproporcionados no equivale al suicidio o a la eutanasia; más bien expresa la aceptación de la condición humana ante la muerte.[2]
Notas
BibliografíaTETTAMANZI, DIONIGI (2002), Dizionario di bioetica, Casale Monferrato: Ediciones PIEMME. ISBN 88-384-6521-5.
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